El CUME (Cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave) es un Subsidio que compensa la pérdida de ingresos que sufren los trabajadores al reducir su jornada de trabajo y su salario para cuidar de manera directa, continua y permanente a su hijo, afectado por cáncer u otra enfermedad grave de las determinadas en el listado que contempla la ley.
EL CUME A MODO DE RESUMEN
Este subsidio se creó con la finalidad de compensar la pérdida económica (en parte) que se produce cuando uno de los progenitores debe pedir una reducción de jornada con la consiguiente merma económica, para atender a su hijo con alguna enfermedad.
Para que se proponga la concesión deben cumplirse una serie de requisitos.
- Que los hijos padezcan cáncer o enfermedad grave que requiera ingreso hospitalario de larga duración,
- Que los hijos necesiten tratamiento médico continuado en el domicilio tras el diagnóstico y la hospitalización.
- Que los hijos precisen un cuidado directo, continuo y permanente
- Que los hijos no sobrepasen los 23 años -ampliación que se aprobó el pasado año y que entró en vigor el día 1, ya que anteriormente la ley recogía solo hasta los 18 años de edad-.
- Que la reducción de jornada se almenos de un 50%
- Que ambos progenitores trabajen, pudiendo solo uno solicitar este subsidio.
- Que los padresestén dados de alta en algún régimen público de la Seguridad Social o Mutualidad de Previsión Social establecida por el correspondiente colegio profesional
Este subsidio es equivalente al 100% de la base reguladora
Podéis encontrar toda la información estupendamente detallada en la web de la seguridad social y en el blog de Geraldine, Criando 24/7.
AMPLIACIÓN DEL SUBSIDIO DE LOS 18 A LOS 23
Las familias estuvieron reclamando -con todo el derecho y la razón del mundo- que esta prestación se ampliara, ya que la necesidad de cuidados en muchos, muchísimos casos no cesa el día en que el menor cumple la mayoría de edad. Tras mucho periplo, en octubre del pasado año se aprobaba la extensión de los 18 a los 23 años por unanimidad por el Congreso de los Diputados.
«Esta prestación se extinguirá cuando, previo informe del servicio público de salud u órgano administrativo sanitario de la CC.AA. correspondiente, cese la necesidad del cuidado directo, continuo y permanente del hijo o la persona sujeta a acogimiento o a guarda con fines de adopción del beneficiario o cuando este cumpla 23 años.»
No obstante, aunque se valora el avance, es aún insuficiente.
Y es que la realidad pasa porque se trata de personas, muchas de ellas con enfermedades crónicas, o patologías irreversibles, algunas neurodegenerativas, con grandes discapacidades que van a precisar una atención permanente de por vida. En muchos de estos casos no habrá mejoría ni a los 23 años ni nunca. Cuanto mayores se van haciendo los hijos y sus padres es cuando mayores van siendo las necesidades de apoyo.
PROBLEMA CON LAS MUTUAS
La gestión de la prestación así como el pago recae en las mutuas colaboradoras de la Seguridad social.
Tal y como refleja la Ley: «La correspondiente entidad gestora o mutua colaboradora con la Seguridad Social, con la que el trabajador tenga cubiertas las contingencias profesionales. Si no tiene la cobertura de los riesgos profesionales, será competente la entidad gestora o la mutua que asuma la cobertura de la IT por contingencias comunes. Si en el régimen de la Seguridad Social por el que se reconozca la prestación económica, el trabajador no ha optado por la cobertura de la IT, la gestión se atribuirá a la correspondiente entidad gestora de la Seguridad Social.»
Ahora bien. ¿qué está sucediendo? ¿Qué están reclamando centenares de familias?
Se están encontrando con que se deniega la continuidad de prestaciones en hijos que acaban de cumplir 18, renovación de prestaciones que se extinguieron por la mayoría de edad con la anterior ley, trabas con la solicitud de documentaciones, incongruencias en la interpretación de ley con enormes diferencias entre mutuas cuando a lo mejor se trata de casos semejantes…
Algunas mutuas, como gestoras de esta prestación, están haciendo una interpretación limitativa y sesgada de esta extensión de edad en el sentido de establecer que, si la prestación se ha extinguido al alcanzarse los 18 años de edad, la nueva solicitud de acogerse a la prestación se DENIEGA.
La nueva redacción dada en el articulo 190.3 de la Ley General de la Seguridad Social establece que: “Alcanzada la mayoría de edad, si persistiera el padecimiento del cáncer o la enfermedad grave, diagnosticada antes de alcanzar la mayoría de edad, y subsistiera la necesidad de hospitalización, tratamiento y de cuidado durante el mismo, en los términos y con la acreditación que se exigen en los apartados anteriores, se mantendrá la prestación económica hasta los 23 años de edad”
Para aclarar este punto, las familias exigen que se establezca una disposición transitoria que prevea estas situaciones de hijos mayores de 18 años cuya prestación se extinguió al cumplir esa edad porque así se establecía en la anterior redacción, no porque sus hijos hayan curado en su patología.
Han sido 20 millones de euros los destinados a esta ampliación y, sin embargo, a día de hoy muchísimas familias no han podido acogerse aún a esta ampliación de la ayuda. Muchas mutuas interpretan la ley a su manera y deniegan, ponen trabas y aumentan el sufrimiento de estas.
Da la sensación de que el dinero es de ellas pero miren, NO. Es un derecho.
MÁS DE 250 FAMILIAS AFECTADAS, Y SEGUIMOS SUMANDO
Muchas de estas familias se han agrupado y están llevando a cabo acciones conjuntas de denuncia, tratando de que se llegue a todos los responables posibles. Han contactado con el Director general de ordenación de la seguridad social, con el Director ajunto del Gabinete del ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, han aparecido en meidos de comunicación, incluso el tema se ha tratado en el congreso. Pero a día de hoy, aún siguen sin respuesta y muchas mutuas siguen denegando la ampliación de esta prestación a las familias con hijos mayores de 18 años.
Sumar esta situación a un día a día que ya es de por sí es duro no es necesario, más bien es evitable.
EN RESUMEN, LAS FAMILIAS AFECTADAS LO QUE DEMANDAN ES:
- Que se conceda la prestación a todas las familias que se les denegó porque sus hijos cumplieron 18 años.
- Que las mutuas no pidan más documentación de la que marca el decreto 1148/2011 (no más peticiones de escolarización, asistencia al colegio ni informes médicos…para la renovación existe un documento de declaración médica que deben de utilizar todas las mutuas) Nuestros hijos también tienen derecho a proteger sus datos.
- Que se tenga en cuenta los casos de separación o incapacitación de los progenitores para no exigir que ambos progenitores estén cotizando a la seguridad social.
- Que se deje claro que no es obligatorio una hospitalización previa de larga duración para solicitar la Cume.
- Que no haya límite de edad. En la mayoría de casos son grandes dependientes que van a necesitar cuidado directo, continuo y permanente.
- Que sean las familias las que decidan cuánto deben reducirse la jornada, no la mutua.
Como reflexión personal…las madres somos mayoritariamente las que solicitamos estas reducciones de trabajo o excedencias, las que muchas veces hemos hecho renuncia a desarrollar una carrera por la imposibilidad de compaginarla con el cuidado de hijos dependientes. Esa pérdida de capacidad económica es importante a todos los niveles. Si ya de por si afecta a una familia para asumir los costes del día a día, cuando te enfrentas a una enfermedad, una discapacidad esos costes no solo se multiplican sino que no en pocas ocasiones contribuyen además a una situación de exclusión al perder un ingreso.
Cuando decidimos además ser autónomas para contar con cierta flexibilidad horaria, muchas nos vemos abocadas a trabajar en horas intempestivas para precisamente poder llegar a todo, poder tener esos ingresos al tiempo que atendemos a nuestros hijos. Y eso no solo no es conciliar, eso no es vida y no es justo.
Nos pasamos la vida aportando informes, rellenando formularios, justificando grados de discapacidad, cuestionarios médicos. En unos nos piden que vaya una información, otros consideran que no es relevante…Tenemos a veces que pedirle a un mismo profesional tres informes diferentes para distintas entidades, porque los modelos y la información requerida debe cumplir con tal o cual estándar, ley, forma…Nos perdemos entre burocracias que tardan meses, años en resolverse. Esto lo vamos sumando a un estado de incertidumbre y cansancio físico y emocional que no hace más que empeorarlo.
Mientras luchamos por levantarnos, hacemos terapias, buscamos el sentido, hacemos nuestros ajustes día a día para vivir de la manera más plena, la administración nos deja sin fuelle, nos roba tiempo y fuerzas.
Por último, os voy a compartir el video que han lanzado. Os pido que me ayudéis a difundir, esto nos atañe a todos como sociedad y como miembros individuales tampoco estamos exentos de vernos en una situación similar algún día; en mi caso es mi futuro.
Si sois familia afectada podéis poneros en contacto conmigo y os remito a estas personas para que os indiquen cómo tenéis que proceder.
Muchísimas gracias
#YoNoLoVoyaPermitir
Buenos días tengo un hijo discapacitado de 25 años y con un grado de discapacidad de 87% con parálisis cerebral, me gustaría saber como proceder para solicitar esta ayuda. Ya que la mutualidad me comentan que ya no lo puedo solicitar porque mi hijo ya tiene 25 años y no lo he solicitando antes. Un saludo