A estas alturas poca gente quedará que no haya tenido conocimiento sobre los terribles hechos ocurridos en el instituto Joan Fuster de Barcelona: un menor de 13 años acabó con la vida de un profesor e hirió a cuatro personas más a golpe de machete y ballesta.

   La medida más severa contemplada para delitos de especial gravedad como este es el internamiento cerrado, pero sólo aplicable a partir de los 14 años. La ley de responsabilidad penal del menor contempla que un niñ@ por debajo de esa edad no puede ser imputado por un delito, no puede ser responsabilizado y por tanto no se le pueden imponer penas. En estos casos se trata de medidas judiciales orientadas a la reinserción, reeducación y rehabilitación.
 
   Ha sido una auténtica desgracia, y afortunadamente se trata de un caso puntual (si se confirma el brote psicótico estamos hablando de una incidencia de 1/2000) e inevitable, pero el calado social es brutal y cada vez que se dan sucesos de estas características volvemos al debate: otra vez a vueltas con la Ley de responsabilidad penal del menor.
   Sería muy reduccionista hablar de culpabilidad y responsabilidad sin conocer todos los detalles. No sabemos cuál era el estado mental del chaval en ese momento. Desconocemos hasta que punto su capacidad podía estar alterada, porque lo que está claro es que en situaciones normales nadie actuaría de esa manera a no ser que estuviéramos ante un psicópata de libro, y parece ser que no es el caso. Por otro lado parece ser que existía premeditación e intención, así que, hay que ser prudentes.
   Trabajé durante casi un año como Psicólogo del Equipo Técnico de un Juzgado de Menores, con un volumen de trabajo desorbitado y con causas que iban desde las peleas más tontas que uno pueda imaginar, hurtos, robos con y sin violencia, intentos de violación, retenciones ilegales (por parte de una niña) hasta tentativas de homicidio.
   De esto hace 11 años. Entonces disponíamos de menos recursos que ahora, muy pocos más bien, en una ciudad muy pequeña. Además de los diferentes regímenes de internamiento contábamos con capacidad para proponer, entre otras, medidas de Libertad Vigilada, internamiento en Centros terapéuticos, medidas socioeducativas,  y alguna que otra medida alternativa como las de servicios a la comunidad. Hoy en día esta última es la que más está demostrando ser eficiente en la reinserción de los chavales, demostrando las estadísticas que casi el 75-80% a los 18-19 años han conseguido una vida normalizada, alejada de cualquier conducta delictiva.
     Todo lo que he escuchado desde ayer en los medios de comunicación han sido comentarios acerca de la pertinencia de reformar la Ley y de disminuir la edad mínima a partir de la cual puede uno ser imputado. Y yo no estoy de acuerdo con que haya de reducirse, a excepción de supuestos de homicidios, asesinatos y violaciones, con todas las reformas necesarias, recursos y matices posibles consiguientes. 
   Creo que la Ley es adecuada y lo que faltan son recursos suficientes y profesionales para llevarla a cabo. Las medidas en medio abierto son una alternativa que dan un juego enorme y son eficientes a más no poder, pero para ello se requiere una cantidad ingente de personal cualificado y preparado, y por motivos económicos entre otros, no lo hay. 
   La ley no es que se olvide de la víctima, bueno, víctimas porque el entorno del infractor también lo es. Hay medidas de conciliación y se contempla un procedimiento de responsabilidad civil. No olvidemos que la Ley penal va dirigida al infractor. El tratamiento de la víctima debe seguir otros cauces.
  Si un menor de 14 años se ve involucrado en acciones delictivas de la naturaleza que sean, especialmente si se observa una escalada en la gravedad de los hechos con inicio temprano, habría que ver qué ha fallado en el ámbito de protección que es al que le compete el tratamiento en este punto. Ahí es, desde mi opinión, donde se debería hacer especial hincapié en edades tempranas con todos los recursos y entidades disponibles, y donde debería ponese el acento para evitar, en la medida de lo posible, llegar a los juzgados.
   No olvidemos de que ha sido un hecho aislado, desafortunado, que estamos posiblemente lidiando con una enfermedad no frecuente, y que el sistema educativo no ha fallado ni lo va a hacer el judicial, con la medida que sea más oportuna tanto para la reinserción del menor y rehabilitación como para resarcir a las víctimas.
   ¡Ah! Y por favor, señores jefes de edición, antes de emitir imágenes en TV, asegúrense de que los rostros de los menores no aparezcan, porque me he encontrado con dos medios en los que se les ha ido el morbillo un poco de las manos.

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