Todos conocemos el significado de esta señal

Señal de estacionamiento para personas con movilidad reducida

 

Se trata de la indicación para señalizar las plazas de aparcamiento reservadas para personas con movilidad reducida. Para poder hacer uso de ellas es necesario disponer de una Tarjeta específica.

Tarjetas de Estacionamiento para Personas con Movilidad Reducida (TEPMR)

Estas tarjetas otorgan a sus titulares el derecho a aparcar el vehículo que utilicen para sus desplazamientos en espacios o plazas específicas. Generalmente se encuentran situadas lo más cerca de los lugares de interés como sedes de administraciones públicas, hospitales, colegios, centros comerciales, metro, etc.

Es importante saber que no se concede solo por tener un grado de discapacidad ni siempre se corresponde con el mismo,documento cuya expedición corresponde a las comunidades autónomas.

Requisitos para su solicitud

Hay que tener en cuenta que pueden existir diferencias entre comunidades, provincias e incluso entre municipios pero, en cualquier caso, se otorga debido a la dificultad para realizar los desplazamientos habituales en trasporte colectivo (público) lo que justifica ese derecho de uso de plazas aparcamiento para personas con movilidad reducida, claramente identificables por su señalización específica.

La autorización para aparcar en esas plazas puede concederse tanto a una persona física como a una jurídica, por ejemplo, a una empresa privada que ofrezca sus servicios de transporte colectivo a personas con movilidad reducida. En ambos supuestos es necesario aportar la documentación que justifique la solicitud.

Pueden tener derecho a ella personas que:

  1. Tengan reconocido legalmente un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
  2. Sean invidentes o presenten una deficiencia visual que limite su actividad (condición certificada y reconocida)
  3. Alcancen al menos 7 puntos en el baremo de  valoración de movilidad vigente, la escala en el que se basan los equipos de profesionales que se encargan de realizar esa valoración.

Además, hay situaciones en las que ese baremo siempre va a reconocer la dificultad de movimientos sin necesidad de prueba o reconocimiento algunos. Esto ocurre principalmente en cuatro supuestos:

  • Ser usuario de silla de ruedas.
  • Depender absolutamente de dos bastones para caminar.
  • Sufrir graves deficiencias intelectuales o condiciones que dificulten poder utilizar los medios de transporte colectivos (por ejemplo una persona con TEA, trastornos del comportamiento…)

Baremo de valoración de movilidad

Según FAMMA (Federación de Asociaciones de Personas con Discapacidad Física y Orgánica de la Comunidad de Madrid) se considerará la existencia de dificultades de movilidad siempre que el presunto beneficiario se encuentre en alguna de las situaciones descritas en los apartados A, B, C.

Si el solicitante no se encuentra en ninguna de las situaciones anteriores, se aplicarán los siguientes apartados D, E, F, G y H, sumando las puntuaciones obtenidas en cada uno de ellos. Se considerará la existencia de dificultades de movilidad siempre que el presunto beneficiario obtenga en estos apartados un mínimo de 7 puntos.

A) Usuario de silla de ruedas

B) Depende absolutamente de dos bastones para deambular

C) Puede deambular pero presenta conductas agresivas o molestas de difícil control, a causa de graves deficiencias intelectuales que dificultan la utilización de medios normalizados de transporte

 

Baremo movilidad FAMMA

Fuente: FAMMA

 

Los certificados de discapacidad expedidos antes de 2000 no indican baremo, así que para realizar la valoración hay que solicitarlo en el centro base que corresponda.

 

Utilización

  • La tarjeta debe estar visible a la hora de utlizarla, bien en salpicadero del coche o adherida en el parabrisas.
  • Los titulares tienen derecho a aparcar en las plazas destinadas a personas con discapacidad que se encuentran repartidas especialmente en lugares de mayor interés de los núcleos urbanos.
  • Están autorizados a deternerse en la vía pública durante el tiempo imprescindible para hacer una gestión, lógicamente en un lugar que no impida la circulación del resto de vehículos, ni el tránsito de los peatones.
  • Se podrá estacionar en las áreas verdes y azules de las zonas de estacionamiento reguladas, gratuitamente y sin límite de tiempo, incluso en zona de carga y descarga siempre y cuando no afecte a la circulación.
  • Se debe comprobar el periodo de validez de esta autorización y en caso necesario renovarla (no se hace de manera automática)
  • Es posible solicitar una tarjeta temporal de estacionamiento para personas con movilidad reducida si se considera que se necesita en un momento concreto y por un periodo de tiempo determinado.

Consideraciones

  • Cumple la importante función de facilitar a las personas con dificultades de movilidad el acceso a cualquier servicio, mejorando la inclusión y la accesibilidad.
  • Tiene validez en todo el territorio nacional y también en el de los estados miembros de la Unión Europea, aunque pueden existir variaciones en cuanto a su normativa de uso
  • Cualquier ciudadano que considere que reúne los requisitos exigidos puede solicitarla, también los extranjeros residentes en España.
  • Es exclusivamente de uso individual: se podrá estacionar si es el titular es quien conduce o va como pasajero en el coche. El uso indebido de la tarjeta conlleva sanciones.
  • Generalmente son los ayuntamientos los organismos responsables, pero también se puede presentar la solicitud en centros de valoración y orientación provinciales, o en las Delegaciones Territoriales de Igualdad, Salud y Políticas Sociales.
  • La solicitud se realiza rellenando y haciendo llegar el correspondiente formulario, algo que, según los casos, puede hacerse de manera presencial, por correo o vía telemática.
¿Cuentas con la tarjeta? ¿A qué comunidad perteneces? Puedes indicármelo y con ello ampliaremos la información para hacer más sencillo el trámite!!!

 

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